Los llamados alimentos, nacen como una obligación moral y de solidaridad entre miembros de la familia y principalmente para solventar necesidades básicas de aquellos que no pueden hacerlo por sí mismos.

Alimentos

Tienen derecho a reclamar alimentos:

  • Los menores de edad
  • Los cónyuges que se hayan dedicado preponderantemente al cuidado del hogar y de los hijos
  • Los mayores que se encuentren estudiando un grado acorde a su edad
  • Los incapaces

Se debe tomar en consideración al momento de reclamar una pensión alimenticia, el monto de los ingresos que tiene el deudor alimentario y las necesidades del acreedor alimentario, ya que se fija la pensión en relación con las necesidades y las posibilidades.

Derivado de lo anterior, debe ponderarse, en la mayoría de los casos, la posibilidad de llegar a un convenio que beneficie a la parte más débil, ya que se ha observado en la práctica que, en algunos casos, se recibía más para alimentos antes de la presentación de la demanda, y con el descuento directo al salario del acreedor alimentario, es menos la cantidad que se recibe como porcentaje.

Si requieres de mayor información sobre:

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  • El costo del Juicio de Pago de Alimentos
  • Los documentos que necesitas
Juicio de Pago de Alimentos